Son
el medio de pago más confiable para actividades relacionadas con en el comercio
exterior, y se ofrecen en sus modalidades de:
* Carta de Crédito de Exportación: Es
un instrumento de pago que recibe un (exportador/ vendedor/ beneficiario) por
medio de un banco confirmador/notificador con el compromiso de honrar el pago a
su favor, contra la presentación conforme de documentos relativos a la venta de
mercancías o prestación de servicios, los cuales deben de cumplir estrictamente
los términos y condiciones estipulados en la Carta de Crédito emitida por un
banco emisor que actúa por cuenta y orden de un importador/ comprador/
ordenante.
•Carta
de Crédito Domestica: es aquella que sirve como instrumento
de pago en transacciones comerciales en las que el ordenante y el beneficiario
se encuentran en el mismo país. Se define como una orden condicionada de pago
que emite una institución de crédito (banco emisor) por cuenta y orden de
Personas Morales (comprador/ ordenante), a favor de otra (vendedor/
beneficiario), con el compromiso de honrar el pago a su favor, contra la
presentación de determinados documentos relativos a la venta de mercancías o
prestación de servicios, los cuales deben cumplir estrictamente los términos y
condiciones estipulados en la Carta de Crédito.
•
•Carta
de Crédito de Importación: es
instrumento de pago usual en el comercio exterior y se define como una orden
condicionada de pago que emite una institución de crédito (banco emisor) por
cuenta y orden de Personas Morales (importador/ comprador/ ordenante), a favor
de otra (exportador/ vendedor/ beneficiario)
.
La carta de Crédito Stand-by garantías comerciales: es un instrumento flexible que se
utiliza para garantizar diferentes clases de obligaciones, en el cual si el
solicitante no cumple con los compromisos adquiridos, el banco garantiza el
pago. En operaciones de comercio internacional, el uso de la Carta de Crédito
‘Stand-by’ o de una Garantía Independiente
se ha generalizado como instrumento para asegurar el cumplimiento de
obligaciones A través de las Cartas de Crédito Stand-by pueden garantizarse obligaciones tales
como:
*
Obligaciones de tipo comercial
*
Obligaciones de tipo financiero
*
Obligaciones de servicio
Las
Garantías Contractuales o Bonds: son
aquellas operaciones mediante las cuales, las instituciones bancarias
garantizan y respaldan la participación de empresas en concursos o licitaciones
públicas internacionales, para la adjudicación de contratos de venta de
mercancías o para la prestación de servicios.
Tipos
de Garantía:
* Garantía de sostenimientos de
oferta
* Garantía de buen uso de anticipo
* Garantía de cumplimiento de
contrato