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Pagaré y letra de cambio

Primero nos definieron los que era un Pagaré y este es un documento que extiende y entrega una persona a otra mediante el cual contrae la obligación de pagarle una cantidad de dinero en la fecha que figura en él.
La manera en la que debe de llenarse un Pagaré:
1- Importe en cantidad de la deuda.
2- Nombre completo del deudor.
3- Fecha de vencimiento de la obligación.
4- Nombre del beneficiario o acreedor.
5- Importe literal.
6- El porcentaje de interés ordinario
7- Nombre del garante.
8- El porcentaje de interés penal en caso de mora.
9- Fecha de emisión del pagaré.
10- Firma del deudor.

11- Firma del garante.

Existen varios tipos de Pagaré se pueden mencionar: Simple o sola firma, Con garantía personal, Con garantía prendaria, Con garantía hipotecaria y Mixto.





















Letra de Cambio se puede definir como un título de crédito de valor formal y completo que contiene una orden incondicionada y abstracta de hacer pagar a su vencimiento al tomador o a su orden una suma de dinero en un lugar determinado, vinculando solidariamente a todos los que en ella intervienen. Los tipos de Cambio son: Letra de cambio a fecha fija, Letra de cambio a plazo contado desde la fecha, Letra de cambio a la vista y Letra de cambio a un plazo desde la vista.





La letra de cambio se llena de la siguiente manera:

1- Lugar,  fecha en que se escribe
clausula
2- denominación de letra de cambio
3- Suma a pagar
4- Nombre a la persona a quien a que hacerse el pago
5- Nombre de librado
6- Firma del librador
7- El que acepta
8- Fecha y firma.